Ley de Protección de Datos, ¿debo cumplirla?

Muchos son los que piensan que la Ley de Protección de Datos solo deben cumplirla empresas que se dediquen a las nuevas tecnologías, pero no es así. ¿Tienes datos de clientes, proveedores o trabajadores? Atento que esto te interesa.

Tanto si eres persona física como jurídica o una Entidad Pública y manejas datos de carácter personal de personas físicas estás sujeto a esta a la Ley de Protección de Datos, (Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre).

¿Qué son datos de carácter personal?

Son nombres, apellidos, DNI, dirección, teléfono, datos bancarios, firmas, correos… También se incluyen creencias religiosas, datos sobre salud o aficiones. Será cualquier dato que pueda definir a una persona. Da igual que estén en soporte informático o en papel.

Por lo tanto NO se incluyen datos de empresas u organismos con personalidad jurídica (S.L, S.A, etc.), como pueden ser nombres o cifs.

¿Quien está obligado a cumplir la Ley de Protección de Datos?

La mayoría de las obligaciones las debe cumplir el Responsable del fichero. Un fichero es un sistema de real o virtual de organización de la información mediante una clasificación determinada. Por lo tanto hay ficheros de trabajadores, clientes, proveedores…

La ley distingue entre Responsable del Fichero y el Encargado del Tratamiento del Fichero. El Responsable sería por ejemplo una empresa que tiene en un excel datos de sus trabajadores. El Encargado del Fichero sería si las nóminas de esos trabajadores las realiza un asesor. Obviamente hay casos en los que el Responsable y Encargado del tratamiento son el mismo.

Tipos de datos

Según la sensibilidad de los mismos hay tres tipos de datos, de menor a mayor sensibilidad:

Nivel Básico. Nombre, apellidos, DNI, fecha de nacimiento, fotos, datos bancarios…
Nivel Medio. Se incluyen datos sobre la personalidad, como gusto o aficiones. Infracciones, solvencia patrimonial…
Nivel Alto. Datos sobre ideologías políticas, creencias religiosas, vida sexual…

Se recomienda no recabar datos de nivel medio o alto a no ser que sea estrictamente necesario.

Una vez que hemos entrado en materia y conocemos un poco sobre esta ley, ¿cuáles son las obligaciones que debemos cumplir? Esta información al ser bastante densa, intentaremos resumirla en nuestro próximo post.

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Ley de Protección de Datos: Obligaciones.
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